Los efectos de los impuestos


Los efectos de los impuestos




El paso del impuesto es un hecho, dentro del campo económico, una serie de efectos que en muchos casos se puede prever. Los principales efectos que estudiaremos son:



-la repercusión

-la difusión

-la utilización del desgravamiento

-la absorción

-la amortización

-la capitalización

-la evasión



La repercusión



La repercusión del impuesto es un fenómeno que se desarrolla en 3 etapas que son la percusión, la traslación y la incidencia.

-La percusión es la caída del impuesto sobre el sujeto pasivo, es decir sobre la persona que tiene la obligación de pagarlo.

-la traslación es el echo de pasar la carga a otras u otras personas.

-la incidencia es la caída del impuesto sobre la persona que realmente lo paga, es decir que se ve afectada la economía por el impacto del impuesto.


La difusión



Otro fenómeno de los impuestos es la difusión cuando un impuesto no esta en condiciones de traslados a otra, se presenta el fenómeno que hemos llamado de la incidencia. Con el que termina la repercusión pero entonces se presenta otro que es la difusión del impuesto.

La diferencia que existe entre la difusión y la repercusión son principalmente dos:

la primera es que la repercusión siempre se presenta, por que poniendo que el impuesto no pueda ser trasladado, la persona que lo paga el sujeto sufrirá la disminución de su poder adquisitivo e iniciará un proceso de difusión del impuesto.



La utilización del Desgravamiento

Otro fenómeno de los impuestos al que podríamos llamar la utilización del desgravamiento, se presenta cuando por la supresión de un impuesto, se rompe el equilibrio económico establecido; este fenómeno se presenta, por que asi como hay la tendencia de hacer pasar el impuesto a terceros, hay la tendencia a aprovechar las ventajas que reporta la desaparición del gravamen.

La absorción del Impuesto.

Puede darse el caso de que al establecer un impuesto, el sujeto no pretenda traladarlo, sino que paga, pero procura aumentar su producción o disminuir su capital o trabajo empleados, o bien consigue un proceso técnico en virtud de un descubrimiento etc-. En otras palabras; cuando al pagar un impuesto repercutible no se traslada y se procura disminuir el costo o bien se aumenta la producción para continuar teniendo la misma utilidad.

Elementos indispensables del Impuesto.


ELEMENTOS INDISPENSABLES DEL IMPUESTO


• SUJETO…

ACTIVO: Son los encargados de cobrarnos los impuestos…

1. Dentro de la organización del estado mexicano son la federación, las entidades locales (estados y DF) y los municipios.

2. Son sujetos activos los que tienen el derecho de exigir el pago de tributos; pero este derecho no tiene en todos ellos la misma amplitud.

PASIVO: Es la persona que legalmente tiene la obligación de pagar el impuesto. Ya sea persona física o moral.


• OBJETO DE IMPUESTO…

Es la situación que la ley señala con hecho generador del crédito fiscal.

• UNIDAD FISCAL O DEL IMPUESTO…

Es la cosa o cantidad delimitada en medida, peso, etc. Sobre que la ley fija.

Ejercicio 1K. 1L de alcohol, determinada cantidad de renta.

• CUOTA DEL IMPESTO…

Es la cantidad en dinero o en especie que se percibe por unidad tributaria o tipo de gravamen cuando se expresa en tanto por ciento.



TIPOS DE CUOTA:

Cuota fija

Cuota proporcional

Cuota progresiva

Cuota regresiva



CUOTA FIJA:

Es aquella que se determina mediante una cantidad exacta de pesos a pagar por cada unidad tributaria.

Ejemplo… por cada metro de manta exportada se paga una cuota fija de $5



CUOTA PROPORCIONAL:

Es aquella que determina mediante un porcentaje fijo, cualquiera que sea el valor de la base.

Ejemplo…Los diversos porcentajes que fija el impuesto al valor agregado.



CUOTA PROGRESIVA:

Se expresa mediante un porcentaje variable en aumento a medida que aumenta la base a que se aplica.

Ejemplo… Impuesto sobre la renta personas físicas art. 141



CUOTA REGRESIVA:

Es aquella que se expresa mediante un porcentaje máximo que disminuye a medida que aumenta la base a que se le aplica. Mientras mayor es la base menor es el tanto por ciento.





• BASE DEL IMPUESTO…

Es la cuantía sobre la que se determina el impuesto a cargo de un sujeto.

Ejemplo… Monte de renta percibida, el valor de porción hereditaria, numero de litros producidos.





• TARIFA…

Son las listas de unidades y de cuotas correspondientes para determinado objeto tributario que pertenecen a la misma categoría.

Fundamentos Constitucionales de los Impuestos


Fundamentos Constitucionales de los Impuestos




¿En qué ordenamiento jurídico se establece la obligación de pagar impuestos?

• En la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos art. 31 fracción IV.


Los mexicanos conforme a la Constitución y a los extranjeros conforme a la Ley de nacionalidad y naturalización, art. 31.

• Tiene obligación de contribuir a los gastos públicos.


Gastos públicos que debemos contribuir los mexicanos:

• A los gastos públicos de:

• Federación

• Del estado y al

• Municipio en que se resida



Forma en que debemos contribuir a los gastos públicos.

• De manera proporcional y equitativa que dispongan las Leyes.


La Federación y los estados son:

• Quienes están facultados para establecer impuestos


Entidades a las que se tiene la obligación de pagar impuestos.

• A la Federación.

• Al Estado y.

• Municipios.


Impuestos que pueden establecer únicamente en la Federación.

• La federación tiene facultades exclusivas para establecer contribuciones.

1. Sobre el comercio exterior.

2. Sobre el aprovechamiento y explotación de los recursos naturales.

3. Sobre las instituciones de crédito y sociedades de seguros.

4. Sobre servicios públicos y concesionados o explotados directamente por la federación y

5. Especiales sobre:

Energía eléctrica.

Producción y consumo de tabaco laborados.
Gasolina y otros productos derivados del petróleo

Cerillos y fósforos

Aguamiel y productos de su fermentación

Explotación forestal

Producción y consumo de cerveza


• ¿Qué impuestos pueden establecer los municipios?

Los que establezcan a su favor las legislaturas de sus estados

Fuentes del Impuesto.


LAS FUENTES DEL IMPUESTO



Son los bienes o la riqueza que se saca la cantidad necesaria para pagar el impuesto.


Las fuentes son los dos: CAPITAL Y RENTA. Se divide en individual y nacional.

INDIVIDUAL: es el conjunto de bienes para una persona susceptibles de producir una renta.

NACIONAL: es el conjunto de bienes de un país, dedicados a la producción.

Los anteriores impuestos se justifican en las siguientes razones:

1. Porque el impuesto sobre la renta no grava con igualdad perfecta y eso facilita el desarrollo del capital de algunos.

2. Porque es posible utilizarlos como un medio para evitar las acumulaciones de capital en pocas manos.

3. Porque pueden utilizarlos para lograr una retribución de los capitales.



Al establecer los impuestos especiales sobre el capital se debe tener en cuenta su origen, que puede ser: el ahorro el azar, porque los capitales que tienen ese último origen, debe ser gravado más fuertemente.

El impuesto especial sobre el capital, que tiene su origen en el azar se puede dividir en:


  • ganancias fortuitas

  • ganancias de juego

  • herencias o donaciones

Wagner establece una distinción entre el capital individual y el capital nacional y dice que “el capital nacional se grava cuando se establece un impuesto que lo hace disminuir”.


LA RENTA: Debe ser la fuente normal de los impuestos.

Esta constituida ascensionalmente por los ingresos, en moneda o en especie, que provengan en patrimonio personal o de las actividades propias del contribuyente o de la combinación de ambos, como el ejercicio de una profesión, tiene los siguientes caracteres:

a) Es susceptible de renovarse, por que proviene de una fuente normalmente productora como el capital o la actividad personal.

BRUTA: es aquella que considera sin deducción alguna.

NETA: es aquella en la que se deducen gastos que requieren la producción de esa renta.

LIBRE: es la que queda al individuo después de decir, no solo a los gastos de obtención de la renta, sino también las cargas de toda clase que pueden pesar sobre ella.

LEGAL: es aquella que se obtiene de reducir de los ingresos tales únicamente gastos que autoriza la ley.

a) Gravar las rentas, se debe tomar en cuenta su diversa naturaleza, y para este efecto se puede clasificar en: RENTAS FUNDADAS Y NO FUNDADAS.

Fundadas:

1. Se deriva del capital

2. Son segura y permanentes

3. Los que las tienen puedes disponer de su totalidad de las rentas

No Fundadas:

1. Se derivan del trabajo sin tener base patrimonial.

2. No pueden ser grabadas en la misma forma que las fundadas.

3. Los que las tiene tienen que reservar una parte de esa renta para posibles contingencias futuras.