Tratadistas.
TRATADISTAS
EHEBERG.-“Los impuestos son prestaciones al estado y entidades de derecho publico que reclaman, en virtud de su poder coactivo, en forma y cuantía determinadas unilateralmente y sin contraprestación especial con el fin de satisfacer las necesidades colectivas”
NITTI.-“El impuesto es una cuota, parte de su riqueza, que los ciudadanos dan obligatoriamente al estado y a los entes locales de derecho administrativo para ponerlos en condiciones de proveer a la satisfacción de las necesidades”
VITTI DE MARCO.-“El impuesto es una parte de la renta del ciudadano, que el estado percibe con el fin de proporcionarse los medios necesarios para la producción”
JOSE ALVAREZ DE CIEN FUEGOS.-“El impuesto es la parte de renta nacional que el estado se apropia para aplicarla a la satisfacción de las necesidades públicas”
LUIGI COSSA.-“El impuesto es una parte proporcionadle la riqueza de los particulares deducido por la autoridad pública a fin de proveer aquella parte de los gastos de utilidad general que no cubren las rentas patrimoniales”
GASTON JEZE.-“CARACTERISTICAS…
2. La prestación del individuo no es seguida por una contraprestación del estado
3. El constreñimiento jurídico
4. Se establece según reglas fijas
5. Se destina a gastos de interés
6. Es debido por el hecho de que los individuos forman parte de una comunidad primitiva
LEROY BEAULIEU: el impuesto es pura y simplemente una contribución, sea directa, sea disimulada, que el poder público exige de los ciudadanos para subvenir a los gastos del gobierno.
SELIGMAN: un impuesto es una contribución forzada de una persona para el Gobierno para costear los gastos realizados e intereses comunes sin referencias a los beneficiarios especiales prestados.
MANUEL MORSELLI: el impuesto de una deducción obligatoria de riqueza privada, querida por el estado y entidades menores para ser destinada a la consecución de los fines generales de la vida pública.
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN: son impuestos las prestaciones en dinero o en especie, que el estado fija unilateralmente y con carácter obligatorio a todos aquellos individuos cuya situación coincida con la que la ley señala como hecho generador del crédito fiscal.
SUPREMA CORTE DE LA NACIÓN: Los impuestos no son tributos establecidos en virtud de un derecho superior, si no una contribución que se basa en las cargas de la vida social:
Los impuestos no contribuyen un beneficio para los causantes, si no un deber de contribuir a los gastos públicos.
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